¿QUÉ ES LA SUPER LIGA?
En las últimas 48 horas, habréis escuchado que se está creando la Superliga, ¿pero qué es? La Superliga es una estructura formada por 15 equipos de fútbol fijos, y cinco equipos que entrarán a jugar según méritos deportivos, los cuales serán valorados por esta propia liga para poder acceder a ella. En principio, esta nueva liga se crearía para intentar afrontar las grandes perdidas económicas que está afrontando el sector futbolístico debido a la pandemia, y los equipos fundadores que habían corroborado su participación eran: el Manchester United, Manchester City, Liverpool, Arsenal, Chelsea y Tottenham de Inglaterra; Barcelona, Real Madrid y Atlético de Madrid de España; en Italia Juventus, Inter y Milán.
¿ES LEGAL ESTA SUPERLIGA?
Si nos fijamos en el artículo 101 del Tratado Fundacional de la Unión Europea, dicho de manera abreviada TFUE, veremos que dice lo siguiente:
Serán incompatibles con el mercado interior y quedarán prohibidos todos los acuerdos entre empresas, las decisiones de asociaciones de empresas y las prácticas concertadas que puedan afectar al comercio entre los Estados miembros y que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado interior y, en particular, los que consistan en:
a) fijar directa o indirectamente los precios de compra o de venta u otras condiciones de transacción;
b) limitar o controlar la producción, el mercado, el desarrollo técnico o las inversiones;
c) repartirse los mercados o las fuentes de abastecimiento;
d) aplicar a terceros contratantes condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que ocasionen a éstos una desventaja competitiva;
e) subordinar la celebración de contratos a la aceptación, por los otros contratantes, de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o según los usos mercantiles, no guarden relación alguna con el objeto de dichos contratos.
2. Los acuerdos o decisiones prohibidos por el presente artículo serán nulos de pleno derecho.
3. No obstante, las disposiciones del apartado 1 podrán ser declaradas inaplicables a:
— cualquier acuerdo o categoría de acuerdos entre empresas,
— cualquier decisión o categoría de decisiones de asociaciones de empresas
— cualquier práctica concertada o categoría de prácticas concertadas, que contribuyan a mejorar la producción o la distribución de los productos o a fomentar el progreso técnico o económico, y reserven al mismo tiempo a los usuarios una participación equitativa en el beneficio resultante, y sin que:
a) impongan a las empresas interesadas restricciones que no sean indispensables para alcanzar tales objetivos;
b) ofrezcan a dichas empresas la posibilidad de eliminar la competencia respecto de una parte sustancial de los productos de que se trate.
Por lo que todo parece indicar, que el hecho de que existan 15 equipos fijos y 5 variables, colocaría a los equipos fundadores en una clara ventaja competitiva y permanente frente a los equipos variables, que lo tendrían mucho más difícil para acceder a la Superliga.
JURISPRUDENCIA DEL TJUE
Al margen de lo anterior, deberemos atender a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y es que, en el año 2020, dictó sentencia sobre el caso de Budapest Bank. En este caso, 7 bancos se habían puesto de acuerdo para fijar una tasa uniforme para transacciones, y el alto tribunal, señaló que ese acuerdo no vulneraba el artículo 101 del TFUE. Alegando, entre otros motivos para tener en cuenta, el contexto económico y jurídico.
Así pues, habrá que ver que dice el TJUE tras analizar el contexto en el que se ha creado esta Superliga, es decir, en medio de una pandemia y gran crisis económica. Y habrá que ver cuáles son los efectos que tiene o tendría en el mercado la puesta en marcha de esta Superliga, para observar si realmente perjudicaría mucho a resto de equipos.
SANCIONES A LA SUPERLIGA
Frente a esto, la UEFA y la FIFA, han anunciado que pondrán sanciones a todos los miembros de la Superliga. Sin embargo, el Juzgado de lo Mercantil 17 de Madrid, ha adoptado este martes medidas cautelarísimas para impedir cualquier medida que impida la puesta en marcha de la Superliga. Dicho juzgado, ha tomado esta decisión para prohibir a la FIFA, la UEFA y a todas sus Federaciones o Ligas asociadas; “adoptar cualquier medida que prohíba, restrinja, límite o condicione de cualquier modo, directa o indirectamente, la puesta en marcha de la Superliga”.
Sin embargo, no sabemos si los tribunales llegarán a juzgar esta Superliga, pues actualmente, 9 equipos de los 15 fundadores la han abandonado en menos de 72 horas. La Superliga parece tener un futuro bastante negro e incierto, por lo que tal vez no haya nada que analizar jurídicamente para cuando llegue a los tribunales europeos.
¿Y vosotros que pensáis, es legal o es ilegal esta Superliga?; ¿os parece una buena o mala idea?
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SOBRE EL AUTOR
Ricardo Aledo Fabián es Graduado en Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos y estudiante del Máster de Acceso a la Abogacía + Experto en Compliance y Nuevas Tecnologías en la Universidad Camilo José Cela.
En la actualidad, escribe y colabora en LegalToday.
