Estar conectado en internet implica cierto riesgo, en los últimos años el uso de la tecnología a proporcionado un gran impacto en todo el mundo, según Micucci (2020), varios países han señalado que durante el año 2020 el tráfico de Internet se ha incrementado exponencialmente. En este sentido, datos de la Cámara Argentina de Internet demuestran que el aumento en el tráfico de Internet creció un 25% durante los primeros días de haberse decretado el aislamiento social preventivo y obligatorio en el país. Algo similar ocurrió en España, con un incremento que varía entre el 25% y hasta el 90% según datos proporcionados por diferentes compañías que ofrecen servicios de Internet. Por su parte, en México el crecimiento se estima que ha sido en el entorno del 40% (Monastersky, 2020).

        La presidenta de la ONG “Mamá en Línea”, Roxana Domínguez, dialogó con representantes de la prensa y reflexionó sobre el grooming, estableciendo que se reciben entre 4.000 y 4.500 denuncias por mes desde que empezó la pandemia. Considerando, pues, que es alarmante lo que está ocurriendo y que los padres deben asumir la responsabilidad de garantizar la seguridad de los menores (Buen Día, 2020).

        El mundo virtual es tan real como el mundo físico, la forma de relacionarnos, la comunicación, ha cambiado; lo que antes era compartir cada día, ahora es escribir un mensaje. Internet ha traído consigo posibilidades de buena comunicación y junto a la evolución de la tecnología, nuevas amenazas, contra los que hay que aprender a convivir con prevención.  La enseñanza de hacer un buen uso positivo de las nuevas tecnologías es vital en los menores de edad.

        La evolución del 81,4% de los hogares con al menos un miembro de 16 a 74 años dispone de algún tipo de ordenador en España, lo que supone un aumento de 0,5 puntos del 2020 respecto a 2019, según el Instituto Nacional de Estadística (INE 2020).

        Según los datos aportados por la Asociación Proyecto Hombre en España, alrededor del 70% de los menores de 12 años tiene a su disposición un teléfono móvil y el 90% de los menores de edad son de 15 años, UNICEF, establece que un número mayor de pruebas empíricas revelan que los niños están accediendo a internet a edades cada vez más tempranas. En algunos países, los niños menores de 15 años tienen la misma probabilidad de usar internet que los adultos mayores de 25 años, la Asociación Proyecto Hombre en España, establece que el uso de los dispositivos tecnológicos, casi la mitad de los menores lo utiliza de un modo excesivo y no controlado, con un incremento importante en las horas de conexión que afecta de forma directa al rendimiento escolar.

        El tratamiento de los datos personales de un menor de edad en España únicamente podrá fundarse en su consentimiento. Cada país tienes edades específicas, en España, el consentimiento es una de las causas que puede legitimar el tratamiento de datos personales. Art. 6.1.a) RGPD.  A pesar de que existe una normativa que establece la edad para el tratamiento de los datos de menores, en el RGPD ART. 8.1 se prevé que los Estados miembros podrán establecer por ley una edad inferior a tales fines, siempre que esta no sea inferior a 13 años. Y es muy probable que un niño use los medios tecnológicos para entretenerse y a su vez pueden utilizar datos falsos, para poder crearse un perfil en cualquier red social.

        Los menores comienzan a utilizar internet de manera muy temprana y no todas las plataformas exigen datos para utilizarla, por eso a la hora de utilizar los medios tecnológicos, los padres y tutores de los menores de edad deben tener precaución, y explicarles que antes de dar un clic deben  estar seguros de que el uso de cualquier red social es fiable y que un clic te puede llevar a ser víctima de un delito tecnológico o convertirte en victimario. Existen infinidad de delitos que se pueden cometer por el uso de las tecnologías, Vilanova L. establece que: 

a) Cyberbullying, es el delito informático más habitual de los cometidos por parte de menores, que han trasladado el acoso cometido en las aulas a Internet aprovechando la falsa sensación de impunidad y anonimato que les otorga la red.

b) El Sexting es una práctica cada vez más habitual en la que los menores intercambian fotografías de carácter sexual o erótica a través de dispositivos móviles o de la propia red. Estos intercambios pueden convertirse en un arma de doble filo, ya que hay veces en las que esas imágenes son objeto de chantaje y terminan filtradas en las redes sociales o dentro de los círculos más cercanos de los propios menores. 

c) Avilés Gómez (2010) describe el grooming como un equivalente a cualquier otra forma de abuso y/o agresión sexual. Ello ha motivado que esta práctica creciente haya generado bastante alarma social. El delito del grooming, es un delito que se caracteriza por el engaño para poder ganarse la confianza del menor y llevarlo a actividades de carácter sexual. Aunque  el delito de grooming tiene sus propios objetivos y forma de actuar contra los  menores, no deja de ser un acto preparatorio para cometer un segundo delito como el abuso sexual, agresión sexual y otros tipos de delitos. Entonces la base fundamental del grooming es el engaños y en el uso de las TICs, esto suele ser una de las características claves para navegar; cuando no es el adulto el que miente, es el menor para poder ser parte del maravilloso mundo de Internet. 

        Usar internet no produce necesariamente una amenaza para los menores de edad, las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) han supuesto un importante cambio en la sociedad. Posee un impacto positivo, el uso de la comunicación y la evolución de la tecnología para el desarrollo de la sociedad, aunque la vulnerabilidad de los menores en las TIC ­ es una amenaza, no deja ser necesaria y muy demandada en su uso por lo menores para actividades del día a día.

        La era de la evolución digital es el principal canal de innovación y queda demostrado que por medio de la Tecnología el mundo, en general, avanza. Por lo que no debemos calificar su uso como el cáncer de la sociedad en los delitos tecnológicos contra los menores de edad, existe la herramienta más importante para el buen uso de las TICs y salvaguardar la integridad e  intimidad de los menores de edad, el uso de la prevención es la clave para asegurarnos que los menores estén navegando y tengan la seguridad para que no sean víctimas en esta era tecnológica. El dar un clic no debe ser sinónimo de amenaza. 

Para consultar la bibliografía en la que la autora se ha basado para la confección del presente artículo, haga clic aquí.

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SOBRE LA AUTORA

Layssa Méndez es Licenciada en Derecho por la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA), Abogada, Oficial de Migración en República Dominicana, Máster en Criminalística e Investigación Criminal por la Universidad Camilo José Cela, y estudiante de PhD en Cyberbullying y Grooming.

Además, es autora de numerosos artículos especializados en Cyberbullying y Grooming.

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